Para escalofrío general y para que la llajua palpite colérica en nuestras venas, Jaime envía este revelador artículo escrito por Andrés Soliz Rada, publicado el18/01/2006
La terminología jurídica ha sido enriquecida con un nuevo concepto que haría palidecer de envidia a los más connotados jurisconsultos de nuestro tiempo. La petrolera Repsol hizo saber que había inscrito como propias las reservas de gas que controla en Bolivia en la bolsa de valores de Nueva York bajo la denominación de 'concesiones soberanas' ('El Diario', de La Paz 15/01/06). La concesión es sólo una autorización temporal y restringida que concede el Estado a particulares para explotar recursos naturales o servicios. La soberanía, en cambio, es el poder supremo que tiene un Estado dentro de una nación, el cual no está sometido, en su territorio, a ningún organismo ni a otra nación. Decir 'concesión soberana' es tan absurdo como hablar de un cuadrado redondo.
Según el ex consultor del Banco Mundial, Ramiro Víctor Paz Cerruto, hijo del cuatro veces ex presidente Víctor Paz Estenssoro, la Reglas 4 – 10 de la regulación s – x del Securities and Echange Comisión (SEC) de EEUU, que supervisa el funcionamiento de la Bolsa, dice que 'sólo pueden considerarse reservas probadas de hidrocarburos aquellas cuyo análisis de ingeniería y geología demuestren que pueden ser recuperadas (con un 90 % de probabilidades) de reservorios existentes, que cuenten con un MERCADO asegurado por un CONTRATO de compra venta ('La Prensa', 30-01-05).
Sobre esa base, denunció la colosal estafa que estuvo punto de cometer el consorcio Pacific LNG, integrado por British Gas, British Petroleum y Repsol-YPF, además de la comercializadora Sempra, que, supuestamente, debía vender gas boliviano a EEUU, mediante barcos metaneros, a través de un puerto chileno. Según Paz Cerruto, el proyecto jamás existió, ya que el único objetivo de las petroleras, además de favorecer a sus filiales en Chile, era mostrar a la SEC el contrato firmado por Bolivia con destino al mercado estadounidense, a fin inscribir como suyos los 48 trillones de pies cúbicos (TCFs) de reservas probadas y probables que tiene el país.
El consultor recordó que en el 'affaire' se denunció la complicidad del Presidente de México, Vicente Fox, quien autorizó el uso de puerto Vallarta para instalar una planta de regasificación que no iba a construirse, pero que hubiera permitido a las empresas citadas que sus acciones suban de 11 a 18 euros en la bolsa de Madrid, mientras el entonces presidente de Repsol, Alfonso Cortina, 'iba a ponerse mucho dinero en sus bolsillos' 'El Diario', 11/01/06).
Puntualizó que las acciones de la gigante Royal Dutch Shell cayeron en dos días un 7.5% en el mercado bursátil de Londres, al revelarse que estaba incrementando fraudulentamente sus reservas, lo que produjo a la compañía una pérdida de 10 mil millones de dólares. La Shell también había mentido a la SEC, al inflar sus reservas 'por error' en 3,900 millones de barriles equivalente en petróleo y gas.('La Prensa', 05-03-2005). La conducta de la Shell fue comparada con la de la Enron. Lo paradójico es que la sociedad Enron-Shell integra la empresa Transredes, que maneja casi todos los oleoductos, gasoductos y poliductos del país.
A los actuales precios de exportación de gas al Brasil (3 dólares el millar de pies cúbicos), un TCF genera un movimiento económico de 3.000 millones de dólares. En consecuencia, los 48 TCFs de Bolivia, pueden movilizar 168 mil millones de dólares. De esas reservas, Repsol controla en Bolivia alrededor de 13 TCFs, con un potencial de 39 mil millones de dólares. Las cantidades anotadas se cuadruplican si se considera que el precio del millar de pies cúbicos en el mercado norteamericano alcanza a 12 dólares. Por ahora, sólo 9 TCFs tienen contratos y mercados asegurados en Brasil, Argentina y dentro de Bolivia)
Repsol ha dicho que las 'concesiones soberanas', existentes en Argentina, Libia, Argelia e Irán son también inscritas a su nombre. Habrá que esperar la reacción en esos países, pero, en Bolivia, la Constitución Política del Estado, en su artículo 139, dice: 'Los yacimientos de hidrocarburos, cualquiera sea el estado en que se encuentren o la forma en que se presenten, son de dominio 'directo, inalienable e imprescriptible del Estado. Ninguna concesión o contrato podrá conferir la propiedad de los yacimientos de hidrocarburos...'
21.1.06
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